Urbanismo
      En este diseño de la ciudad el Ayuntamiento, mediante el planteamiento, establece unas categorías de suelo en función del uso que se vaya a hacer. 
       Es lo que se conoce de forma genérica como clasificación y calificación del suelo. Aunque puede variar la nomenclatura de una comunidad autónoma a otra, de forma genérica estas clases de suelo son:           El suelo rústico o no urbanizable: son los terrenos destinados a labores agropecuarias, bosques, etc.
              El suelo urbanizable: son los terrenos destinados a convertirse en parte de la ciudad pero que todavía tienen un carácter rural o no urbanizable. 
             El suelo urbano: son los terrenos que ya forman parte de la ciudad. Esta clasificación se encuentra recogida en los esquemas de los Planes Generales de los municipios. 
        Para que un suelo pueda pasar de suelo rústico a urbanizable o urbano es necesario que tenga redactado un planteamiento general o de desarrollo en el que se especifique qué clase de suelo es y qué necesita para su transformación. 
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